¿Pueden los bancos y asociaciones de ahorro brindar servicios de custodia de criptomonedas?
¿Podría explicarnos más detalladamente la viabilidad y los posibles desafíos para los bancos y las asociaciones de ahorro al ofrecer servicios de custodia de criptomonedas? ¿Existen obstáculos regulatorios o complejidades técnicas que podrían enfrentar al brindar dichos servicios a sus clientes? Además, ¿cómo garantizan estas instituciones la seguridad de los activos digitales de sus clientes, dada la naturaleza volátil y descentralizada de las criptomonedas?